miércoles, 25 de mayo de 2022

LA HUELLA BALÍSTICA (O EL ANALISIS DEL DECRETO 771 DEL 16 DE MAYO DE 2022)


Tiempo de Lectura: 3 min.


Esperemos que algún día se acabe el afán de los señores Ministros de Defensa de andar firmando cuanto papel le entregan sus abogados y peritos superexpertos, que los convencen de que de esa manera (firmando papelitos) se puede solucionar algo. No hemos aprendido que, con un papel legalmente bien redactado, pero sin principios ni bases fundamentales o científicas de ningún tipo, no se logra un cambio; y eso no pasa ni ha pasado ni con el feminicidio, ni los límites de velocidad, ni con el narcotráfico, y mucho menos con el control de armas.

Por: Javier A Miranda

La perla de hoy es el Decreto 771 del 16 de mayo de 2022, que habla de la Identificación Balística de las armas de fuego a partir de la huella que deja el proyectil al pasar por las estrías del cañón, creando una tontería llamada “Registro Nacional de Identificación Balística” para realizar “control y verificación” con el propósito de “contrarrestar y reducir la ocurrencia de delitos y comportamientos contrarios a la convivencia”.

Y es que ahí es donde empieza el circo. Podría ponerme técnico hablando de balística, pero finalmente los expertos asesores del Ministro no lo entenderían de ninguna-ninguna-ninguna manera. Entonces, y solo para desahogarme, vamos por partes:

Parte I:
Para efectuar el “Registro Nacional de Identificación Balística”, se requiere tener físicamente el arma de fuego a la cual se le va a tomar la huella balística; así que dicho elemento tiene que estar en mano de las autoridades. De tal manera que, si un investigador tiene un arma encontrada en un homicidio, debe verificar el número serial del arma contra el registro que tiene el Departamento de Control al Comercio de Armas, Municiones y Explosivos (DCCAE), y entonces:

1. Puede determinar si es legal. Si lo es, entonces no se necesita nada más que requerir a quien aparezca como propietario del arma y hacer el resto del trabajo...

El programa que usa el DCCAE, tiene TODOS datos de propietarios de armas legales, a saber: nombres, apellidos, direcciones, teléfonos, huellas digitales, referencia bancaria, número de cuenta, fotografía reciente, nombre del contador, certificación laboral, etc.

2. Si el número serial no aparece en el sistema de registro del DCCAE, entonces se trata de un arma ilegal. ¡Así de simple!

En cualquiera de las dos alternativas, el arma pasa a control de las autoridades; y muy seguramente su destino (pasada la investigación) será la destrucción del arma, de tal manera que no habrá posibilidad alguna de que ocurra otro delito con ese mismo aparato.

Parte II:
En el caso de que se encuentre un proyectil y/o vainilla en la escena de un delito (el lugar de los hechos), este podría eventualmente relacionarse con un arma que haya sido previamente empadronada en el Registro; y eso suena espectacular hasta que lo llevamos a la vida real.

Pongamos de ejemplo los 8.000 homicidios que en promedio tenemos en Colombia anualmente por arma de fuego. Estadísticamente hablando de esos homicidios, el 97% (7.530) son realizados con armas ILEGALES, de tal manera que para correlacionar arma y proyectil + vainilla se requiere (como vimos en la Parte I) tener físicamente el arma de fuego. Entonces la conclusión inmediata es que con el “Registro Nacional de Identificación Balística”, NO PODRÁN SER RESUELTOS NINGUNO DE ESOS 7.530 HOMICIDIOS.

Ahora bien, cada vida vale y en eso estamos de acuerdo: cada vida vale. Entonces, ¿qué sucede con el 3% de los homicidios que son hechos con armas de fuego legales? De esos 470 homicidios, aproximadamente 375 son crímenes de odio y/o crímenes pasionales, y de estos el 100% tiene una tasa de condena porque siempre se trata de personas que poseen armas de fuego y son plenamente identificadas, ya sea por los testigos o por el registro que se tiene de arma y propietario en DCCAE.

De los 8.000 homicidios, nos quedan 95 casos que podrían ser resueltos con la intervención del “Registro Nacional de Identificación Balística”; sin embargo, de esos 95 casos, según los números del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación, 86 son resueltos usando métodos convencionales (el 90%), con lo que SOLO ESCAPAN DE LA JUSTICIA, NUEVE (9) HOMICIDAS CON ARMAS LEGALES, esto es el 10% del 3%.

Por supuesto, la pregunta que de inmediato asalta es: ¿Se requiere de tanta alharaca para 9 casos de 8.000? Es decir, montar un proyecto de este tamaño, que seguramente va a costar un mundo de dinero, ¿para resolver el 0,1% de los homicidios? Cada vida cuenta y en eso estamos de acuerdo: cada vida cuenta, pero ¿si vale la pena una implantación de esta magnitud para atrapar a 9 o 10 homicidas, mientras que 7.600 quedan libres? Yo realmente eso no lo sé, pero lo que sí sé es que con la implementación de todo esto, de ninguna manera se “contrarresta o reduce la ocurrencia de delitos”. Eso sí que lo tengo claro.

Parte III:
Dice que se deberá realizar un empadronamiento de las armas de fuego… obvio, pero con lo que no cuentan los expertos asesores del Ministro de Defensa en su sapiencia suma, es que LAS ARMAS DE FUEGO LEGALES YA ESTÁN EMPADRONADAS. Ver Parte I; les doy una pista en donde dice: “El programa del DCCAE, tiene TODOS datos de propietarios de armas legales, a saber: nombres, apellidos, direcciones, teléfonos, huellas digitales, referencia bancaria, número de cuenta, fotografía reciente, nombre del contador, certificación laboral, etc.”

SOLO ESPERO QUE NO HAGA PARTE DE LA EXPERTICIA DE LOS PERITOS, EL ESPERAR QUE LOS DELINCUENTES VAYAN A REALIZAR EL REGISTRO Y EMPADRONAMIENTO DE SUS ARMAS ILEGALMENTE OBTENIDAS.

¿Quieren un consejo gratis los superexpertos? Reemplacen el inútil Permiso Especial de Porte por la revisión de huella balística, y verán filas de CIUDADANOS LEGALES pagando por el servicio, en aras de poderse proteger de la delincuencia desbordada que tenemos los de a pie.  Claro, solo aplica en el caso en que esos expertos realmente crean que todo esté asunto si resuelve algo.

Parte IV:
Y aquí el cierre técnico que no puede faltar: el dichoso decreto exige el empadronamiento de “las escopetas sin importar el calibre”; realmente le deseo muchos éxitos a los peritos tomando la huella balística de 9 a 350 perdigones de plomo disparados a través de un cañón de ánima lisa… jejejee. Y de por Dios, que no resulten con la recomendación experta de “le metemos una bala a la escopeta” ¡porque sabemos que son capaces de eso y hasta más!

Cierre Técnico II: ¿Quién o en dónde se realizarán las tales pruebas que si existen? Porque eso implica entrar con un arma y munición a un establecimiento cerrado o privado o una unidad militar o policial… O al menos llevar un arma para que alguien más haga la prueba; y mientras tanto, la casa o el ciudadano desarmado por cuenta de que el arma “está en pruebas”. ¿Ya calcularon quién paga por la munición y el servicio? ¿Será que van a crear unos sitios privados como los “Simetric” exclusivamente para eso? Porque si es así, muchos van a querer su tajadita…

Resumen ejecutivo del presente escrito: El papel aguanta todo. La inocencia en los niños es algo muy lindo, pero en los adultos es estupidez. Debemos recordar a todos esos asesores expertos el viejo adagio turco: Cuando un payaso se muda a un palacio, no se convierte en rey: el palacio se convierte en un circo.

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